Gracias al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, muchas personas se van a poder ver beneficiadas de las ayudas para el alquiler de vivienda. Pueden solicitarla las personas que cumples los requisitos que os contamos más abajo, siempre que sea para el alquiler de una vivienda habitual
¿Quienes pueden beneficiarse de las ayudas para el alquiler de vivienda?
Por lo general, podrán beneficiarse de estas ayudas todas las personas mayores de edad que cumplan los siguientes requisitos:
- Ser titular de un contrato de arrendamiento.
- Que la vivienda alquilada sea el domicilio habitual del arrendatario, teniéndolo que demostrar mediante un certificado de empadronamiento, en el que aparezcan todas las personas que viven en dicho domicilio.
- Que los ingresos de las personas que vivan en esa vivienda no supere el IPREM x 3 . Este 2019 el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) previsiblemente será de 548,6€. Por lo que los ingresos mensuales tendrán que ser iguales o inferiores a 448,6×3=1645,8€
- Que el importe del alquiler de la vivienda no supere los 600€
Aunque se cumplan estas condiciones, no se concederán las ayudas al alquiler de vivienda, si el arrendatario o alguna de las personas empadronadas en esa vivienda:
- Tengan una vivienda en propiedad o usufructo en el territorio español.
- Exista algún grado de parentesco con el arrendador.
- Tengan algún tipo de sociedad con el arrendador, tanto física como jurídicamente.
Estas condiciones para la solicitud de ayudas para el alquiler de vivienda, son de tipo general, pero hay otras especificas para:
Ayudas al alquiler para menores de 35 años
Pueden solicitarla los arrendatarios cuyas rentas no superen tres veces el IPREM y no tengan una casa a su nombre en España. Pueden pedir una subvención de hasta el 50% del alquiler siempre que éste no exceda de los 600€.
Debe tratarse de la vivienda habitual durante el tiempo que dure la ayuda.
Ayudas para mayores de 65 años
Los arrendatarios mayores de 65 años podrán beneficiarse también de una ayuda de hasta el 50% del importe del alquiler mensual, siempre que su patrimonio no supere los 100.000€, que no tengan vivienda en propiedad en territorio español y ganen una cantidad equivalente a tres veces el IPREM.
Ayudas para familias desahuciadas
Las personas afectadas por el lanzamiento de su vivienda habitual o por desahucio del alquiler, pueden optar a ayudas de hasta 400€ mensuales para pagar el alquiler. El precio del alquiler de estos pisos no puede superar los 400€ mensuales, por lo que la ayuda puede ser del 100%, con una duración máxima de 3 años.
Ayudas para familias numerosas o con miembros con alguna minusvalía
Tanto para las familias numerosas como para las que tengan algún miembro con una discapacidad igual o superior al 33%, el límite de ingresos es de cuatro veces el IPREM.
Las familias numerosas especiales (con más de 3 hijos) y en las que alguno de los miembros tenga una discapacidad severa, el límite de ingresos pasa a ser de 5 veces el IPREM.
Ayudas autonómicas para el alquiler de vivienda
Las comunidades autonómicas cuentan, la mayoría de ellas, con programas específicos de ayudas para el alquiler de vivienda. En cada una de ellas la cuantía, requisitos y duración es diferente por lo que deberás informarte.
Estas ayudas no son compatibles con las anteriormente mencionadas. Salvo si se tratan de complementos para el pago del alquiler a personass en situaciones de especial vulnerabilidad o exclusión social.